Agentes del Cuerpo Nacional de Policía detienen
en San Sebastián a siete personas acusadas de intervenir en actos
de violencia callejera: Mikel Arretxe Salbide
(22 años), Egoi Alberdi (20 años), Unai Pérez Quintas (20 años), Pello
Lamarka (22 años), Ekaitz de Ibero (20
años), Jon Sardon Zabaleta (22 años) y Julen Garmendia Pradillo (22 años).
Estos dos últimos fueron puestos en libertad días más tarde.
La Sección Segunda
de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó en octubre de 2010 a seis años de prisión
por un delito de integración en organización terrorista a los miembros de la
organización juvenil SEGI Ekaitz de Ibero, Pello María Lamarca, Mikel Arretxe,
Egoi Alberdi y Unai Pérez, si bien el Tribunal Supremo anula esta condena y
ordenó que se volviera a dictar sentencia en octubre de 2011; dicha sentencia
volvió a condenarlos.
En abril de 2013, se dió da a conocer la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la condena de seis años de prisión impuesta a Imanol Vicente, Nahikari Otaegi, Ekaitz Ezkerra, Aitor Olaizola, Adur Fernández, Oier Lorente, MIkel Arretxe y Egoi Alberdi, mientras absolvía a Ekaitz de Ibero, Igor Álvarez, Urko Pikaza, Asier Mariezkurrena, Unai Pérez, Pello Lamarca y Beñat Apalategi.
El Tribunal estimó los recursos de estos siete últimos y decretó su
absolución al entender que la Audiencia Nacional tuvo en cuenta para
condenarles actos de 'kale borroka' que no habían sido objeto de examen dentro
de la causa.
En abril de 2013, se dió da a conocer la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la condena de seis años de prisión impuesta a Imanol Vicente, Nahikari Otaegi, Ekaitz Ezkerra, Aitor Olaizola, Adur Fernández, Oier Lorente, MIkel Arretxe y Egoi Alberdi, mientras absolvía a Ekaitz de Ibero, Igor Álvarez, Urko Pikaza, Asier Mariezkurrena, Unai Pérez, Pello Lamarca y Beñat Apalategi.
Ekaitz fue condenado a 4 años por la quema de un
autobús en 2006.