martes, 13 de enero de 2015

El Supremo avala la tesis del fiscal

El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo acuerda, por mayoría de nueve a seis, desestimar el recurso del preso Kepa Pikabea en el que solicitaba que se tuviera en cuenta el tiempo de prisión que cumplió en Francia. 
Hubo un voto particular conjunto de los seis magistrados que quedaron en minoría. El Pleno se reunió para unificar criterios en torno a la aplicación de la directiva europea sobre acumulación de condenas, tras las resoluciones contrarias que emitieron distintas secciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Tras esta decisión, la acumulación de condenas sólo será posible para aquellas condenas dictadas con anterioridad al 15 de agosto de 2010. Esta es la fecha de transposicion del Convenio Marco del Consejo de Europa que trata sobre esta cuestión tras una enmienda de última hora del PP en el Senado en la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea.

Esta decisión afecta también a Francisco Múgica Garmendia "Pakito", Rafael Caride Simón, Santiago Arróspide Sarasola ("Santi Potros") y Alberto Plazaola Anduaga.

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